miércoles 8 de enero de 2014

Además, indicó valores máximos para las tasas moderadoras y estableció un método para informar a los usuarios.
El decreto, que también estableció la gratuidad de los procedimientos de anestesia, quimioterapia y radioterapia, estableció que «en ningún caso las IAMC podrán tener valores de tasas moderadoras que superen los $1.000».
Por otra parte, se autorizó a las IAMC a incrementar «los valores de las cuotas básicas de afiliaciones individuales no vitalicias y las cuotas básicas de convenios colectivos» hasta en un 1,51%.
El decreto establece que «el valor promedio de las cuotas de afiliación individual para las IAMC» quedó establecido en $1.735, mientras que «el valor del costo promedio equivalente para el seguro nacional de salud» quedó establecido en $1.798.
Por su parte, el Poder Ejecutivo autorizó a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) a incrementar «los valores de las cuotas de afiliaciones individuales, convenios colectivos y núcleo familiar» hasta en un 7,61%.
El decreto también incluye un apartado de artículos dedicados a establecer la información que las instituciones deben dar a conocer al Poder Ejecutivo y a sus afiliados.
Así, se indica que deberán comunicar a los ministerios de Economía y Salud Pública «la información de los valores vigentes de todas las cuotas básicas de a filiaciones individuales, colectivas, parciales, de todas las tasas moderadoras, el número de afiliados individuales, colectivos y parciales».
Esta información deberá ser actualizada de forma mensual. Además, se deberá informar a los usuarios sobre los incrementos, en los recibos de cobro.
Para leer el decreto completo, click aquí.


