A partir de las recomendaciones de la Novena Convención Médica Nacional (9CMN) el SMU ha abordado la temática y ha trabajado en propuestas que deriven en la creación de una agencia de evaluación de tecnologías sanitarias.
Con el objetivo de intercambiar experiencias y reflexionar sobre políticas específicas sobre la creación de una agencia de estas características este jueves 11 de junio, se realizó la actividad “Seminario sobre la creación una Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias”, de forma presencial en las instalaciones del Sindicato Médico del Uruguay y por vía remota.
El documento final de la 9CMN dice que “la tecnología es necesaria en todos los niveles asistenciales”, aunque no está claramente definido el mecanismo de evaluación para realizar actualizaciones tecnológicas eficientes y eficaces y es por esto que se propone la creación de una “Agencia de evaluación de tecnología”.
Esta deberá priorizar las intervenciones en el sistema a través de mecanismos “lo más objetivos y explícitos posibles, aplicando los métodos de evaluación más rigurosos desde una perspectiva sanitaria y económica”.
Las decisiones deben ser transparentes, independientes y con reconocido rigor técnico, estableciendo reglas de juego claras y formales.
Dada la inclusión de esta temática en la Ley de Urgente Consideración (LUC), el SMU compareció ante la Comisión de Salud de Diputados y la Comisión Especial para el estudio de la Ley de Urgente Consideración del Senado manifestando allí su posición al respecto.
Allí se ratificó la necesidad de contar con una Agencia, de carácter profesional e independiente, que emita recomendaciones sobre la incorporación de tecnologías y medicamentos en el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).
Durante la actividad, el Dr. Arturo Briva como representante del Grupo que propuso la creación de la agencia en la 9CMN, realizó una presentación sobre la necesidad de la existencia de una institución de tales características.
Asimismo, el Dr. Federico Preve, en representación del Sindicato Médico del Uruguay, presentó la posición del gremio sobre las características que esta agencia tendría que tener.
Esta agencia debería ser de carácter técnico, independiente y transparente; que realice recomendaciones con rigor científico; análisis costo-efectividad, costo-utilidad y estudio de umbral; así como incorporación de prestaciones, tecnologías ymedicamentos. En cuanto a los aspectos de relación con el SNIS que sea de carácter no vinculante en sus resoluciones y recomendaciones y facilite la toma de decisiones de las autoridades políticas del Sistema Nacional Integrado de Salud; que ponga acento en la equidad y el acceso como orientaciones centrales.
Se presentaron también los cometidos que debería tener la misma; se propuso una posible gobernanza, con un Consejo Directivo de cinco integrantes y se expuso sobre posibilidades de financiación.
Basado en estos antecedentes y en los diferentes aportes recibidos, desde el Sindicato se prepara un proyecto de Ley para ser elevado al Poder Ejecutivo y que pueda ser recogido en el articulado de la Ley de Creación de esta agencia.
El pasado 24 de marzo de 2020, el Sindicato Médico del Uruguay puso a disposición de médicas y médicos una línea de teléfono mediante la cual, los equipos de salud pueden denunciar situaciones de falta de equipos de protección personal (EPP), mala utilización y otros problemas vinculados al acceso de los mismos.
El objetivo de esta medida fue dar rápida respuesta a estas situaciones ya que se reciben diariamente denuncias y notificaciones sobre la ausencia de disponibilidad o inadecuada calidad de los EPP para evitar la dispersión de SARS Cov 2 entre el personal de salud y las personas que se asisten en los distintos prestadores.
A partir de estas denuncias y notificaciones recibidas en la línea telefónica y de las experiencias relatadas por médicas y médicos que participaban asiduamente en Comité de Emergencia Sanitaria del SMU, surgió la necesidad de hacer una encuesta más amplia y sistematizada para obtener información de los profesionales que trabajan los distintos niveles, realizando un relevamiento sobre la disponibilidad y utilización de EPP.
Los resultados de esta encuesta son un insumo fundamental para conducir las gestiones pertinentes con los prestadores y las autoridades del Ministerio de Salud que fueran necesarias.
La encuesta
Entre el 4 al 14 de mayo se realizó la consulta por medio de un formulario de Google, que fue difundido por redes sociales, en el sitio web del SMU y entre las distintas sociedades científicas que forman parte del comité de emergencia sanitaria del gremio.
Estuvo conformada por 17 preguntas, la mayoría de respuesta cerrada, siendo las 2 últimas de carácter abierto para detectar dificultades no contempladas en el formulario.
La llegada por redes fue a 36.589 personas y fue 1560 veces clickeada.
Un total de 727 personas respondieron el formulario dentro del período estipulado, dejando en la mayoría de los casos (76%) su nombre y datos de contacto.
Resultados
Características de la población que respondió la encuesta.
54% de las personas tienen 45 años o menos, la gran mayoría de quienes respondieron fueron mujeres (75%).
El 60 % de los encuestados trabaja en 1 o 2 lugares, 21% y 39% respectivamente.
En cuanto al ámbito donde se desarrolla el trabajo el 60% se auto referenció en prestadores del sector de las EEMM, IAMC o seguros y 40% en ASSE y (incluye una pequeña proporción de 4% en sanidades militar y policial, intendencias y Hospital de Clínicas).
213 respuestas corresponden e medicas/os del interior del país, lo cual significa un 29% del total.
En cuanto al trabajo con personas con COVID sospechoso o confirmado, el 77% de los participantes refiere que trabaja con pacientes con posible COVID, pero solo un 30% del total trabaja en un área destinada a personas con COVID confirmado.
Disponibilidad y acceso al EPP adecuado
En cuanto a la formación específica en el uso de EPP un 54% de las personas refieren haber recibido formación por medio de video o clases a distancia, mientras que solo un 19% la recibió de forma presencial. Y un 11 % refiere que la formación fue a través de material impreso, gráficos o infografías.
Si tomamos en cuenta solo la población que refiere que trabaja en áreas destinadas a la asistencia de COVID (220 personas), la proporción de quienes recibieron entrenamiento presencial es de 25% y por video y a distancia es 50%, siendo estas cifras similares a las anteriormente mencionadas en los totales.
En cuanto a la autopercepción de seguridad sobre la formación en EPP entre los encuestados, observamos que la mitad se siente seguro mientras que la otra mitad presenta dudas sobre sus conocimientos.
Asimismo, se reparte en mitades la percepción de conocimiento y seguridad que otorga el protocolo de EPP de la institución donde se desempeña.
Si analizamos estos ítems en las distintas sub poblaciones IAMC/EEMM, ASSE, o Montevideo Interior, área COVID o no COVID, no se encuentran claras diferencias.
La mascarilla quirúrgica es el elemento de mayor disponibilidad, seguida por los demás elementos de protección facial y sobre túnicas, si bien estos últimos llamativamente se reportan como disponibles en el entorno de la mitad de los casos (40-60%).
Cuando analizamos las respuestas a las preguntas abiertas de la encuesta: En cuanto a la disponibilidad del EPP, ¿cuál es la mayor dificultad?, obtenemos una gran cantidad de respuestas vinculadas a la cantidad y disponibilidad real (es decir que los elementos adecuados estén en el sitio de atención de los pacientes). Especialmente se hace referencia a la disponibilidad de mascarillas de alta densidad (N95) y a la calidad en general de todos estos elementos.
Además se destaca en un gran número de respuestas, la necesidad de mayor formación y entrenamiento en la correcta utilización de todos los elementos del EPP.
Conclusiones:
La conclusión más importante de este trabajo es que existen dificultades en cuanto a la disponibilidad y adecuada utilización de EPP en Uruguay.
Dentro de estas dificultades, se destacan la falta de insumos adecuados (mascaras de alta densidad, sobretúnicas etc.) y la calidad dudosa de algunos de ellos.
Asimismo, los resultados muestran que es necesario intensificar la divulgación de protocolos de actuación en cuanto a EPP y la formación de los médicos con entrenamientos de calidad tanto presencial como virtual.
El Sindicato Médico del Uruguay a través de su comisión de Violencia Doméstica se suma a la conmemoración del Día Internacional de Prevención del Maltrato hacia las personas adultas mayores que se celebra cada año el 15 de junio y del Día Nacional del Adulto mayor y de los abuelos que se conmemorará el próximo 19 de junio.
El maltrato a las personas adultas mayores es un problema de Salud Pública en que se da una violación de los derechos humanos y deja graves secuelas físicas y psicológicas permanentes.
Como lo expresa la OMS, se insta a los países a continuar realizando intervenciones preventivas, acciones para combatir el maltrato y disminuir sus consecuencias.
Recibimos y publicamos documento sobre la posición de las Sociedades Científicas sobre el etiquetado frontal de alimentos envasados.
La obesidad y el sobrepeso se han constituido en una pandemia de la que Uruguay no está ajeno. Según datos publicados por la Organización Mundial de la Salud, 63% de los uruguayos presentaban sobrepeso u obesidad en 20161. Esta situación es prevalente y alarmante en edades tempranas de la vida, con una prevalencia próxima a 12% en niños menores de cuatro años y de 27% en adolescentes de entre 13 y 15 años2. Sobrepeso y obesidad constituyen factores de riesgo centrales para el desarrollo de enfermedades crónica no transmisibles, que al igual que en el resto del mundo, son la principal causa de muerte3 y morbilidad4 en Uruguay. El consumo de bebidas y alimentos ultraprocesados es un factor fuertemente vinculado al desarrollo de sobrepeso y obesidad. Un informe de la Organización Panamericana de la Salud de 2015 muestra un incremento en la venta de estos productos de 27% en el periodo 2000-2013 en 13 países de América Latina. Uruguay es el país que presentó el crecimiento más rápido en el consumo de estos productos (146%) a expensas principalmente del consumo de bebidas azucaradas5.
El etiquetado de alimentos tiene como objetivo mejorar la elección de alimentos por parte de los consumidores a través de proveer información clara que permita identificar de forma práctica y rápida aquellos productos con un perfil nutricional no favorable. En un estudio nacional, la presencia de advertencias en la parte frontal del empaquetado con forma de octógonos de color negro, se mostró efectiva en mejorar la selección de productos más saludables por parte de los consumidores que formaron parte del estudio6. La estrategia del etiquetado de productos se ha mostrado como una medida costo-efectiva en reducir el consumo de bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados entre otros, tanto en países de la región como de otros continentes 789101112131415. La implementación de este tipo de políticas (políticas “nudge”, basadas en pequeños “empujones o estímulos” que contribuyen a optimizar decisiones sin prohibir opciones16) se ha mostrado efectiva en Uruguay en lo que respecta a su contribución en el control del tabaquismo17.
En agosto de 2018 se estableció en Uruguay la obligatoriedad del etiquetado frontal de alimentos envasados (decreto 272/018)18. En este decreto se establece que los alimentos que son envasados en ausencia del cliente, deberán contar con un rotulado nutricional frontal cuando en su composición final el contenido de sodio, azúcares, grasas o grasas saturadas exceda los valores establecidos en dicho decreto18. En el proceso de elaboración del decreto se incluyó la opinión de la ciudadanía, asociaciones académicas, organizaciones nacionales e internacionales, asociaciones gremiales e industrias de alimentos19. Con el fin de establecer directrices para la aplicación de esta normativa a las instituciones con competencias en su implementación, el Ministerio de Salud elaboró un detallado manual20. Se estableció como fecha límite para exigir su implementación definitiva el 28 de febrero de 2020 (18 meses luego de aprobado el decreto)18. Dada la necesidad de armonizar este decreto a la normativa del Mercosur, se creó una comisión de trabajo multidisciplinaria (integrada por los Ministerios de Relaciones Exteriores, Educación y Cultura, Economía y Finanzas, Industria, Minería y Energía, y Salud Pública), y se prorrogó el plazo de implementación definitiva 120 días a partir del 1º de marzo de 2020 (decreto 91/020)21.
Desde el trabajo inicial en el que se incluyó a diferentes actores sociales, y bajo un aparente acuerdo con la necesidad de adoptar medidas, se evidenció una fuerte oposición a la política y en particular al sistema de advertencias por parte de la industria alimentaria22.
El conjunto de Sociedades Científicas y asociaciones abajo firmantes, hacen pública su postura a favor del etiquetado frontal de alimentos. Esta política, junto con otras tendientes a estimular la alimentación saludable, contribuyen al control de factores de riesgo modificables que están en la base del desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles con conocido impacto sobre la morbimortalidad de nuestra población.
Montevideo, junio de 2020
Sociedad Uruguaya de Pediatría
Sociedad de Medicina Interna del Uruguay
Sociedad Uruguaya de Nefrología
Sociedad Uruguaya de Reumatología
Sociedad de Dermatología del Uruguay
Sociedad Integrada de Emergencia Pediátrica del Uruguay
Sociedad Uruguaya de Gerontología y Geriatría
Sociedad de Hematología del Uruguay
Sociedad de Infectología Clínica del Uruguay
Sociedad Uruguaya de Medicina Intensiva
Sociedad Uruguaya de Psiquiatría de la Infancia y la Adolescencia
Sociedad Uruguaya de Neonatología y Pediatría Intensiva
Sociedad de Neurología del Uruguaya
Sociedad Uruguaya de Medicina Familiar y Comunitaria
Sociedad Uruguaya de Rehabilitación y Medicina Física
Sociedad Uruguaya de Cardiología
Sociedad Uruguaya de Cirugía Bariátrica y Metabólica
Sociedad Uruguaya de Endocrinología y Metabolismo
Sociedad de Diabetología y Nutrición del Uruguay
Sociedad de Psiquiatría del Uruguay
Sociedad Uruguaya de Ginecología de la Infancia y Adolescencia
Sociedad de Cirugía del Uruguay
Sociedad Uruguaya de Neumología
Sociedad Uruguaya de Patología Clínica
Sociedad Uruguaya para el Estudio de la Obesidad
Sociedad Uruguaya de Salud Colectiva
Sociedad Ginecotocológica del Uruguay
Sociedad Uruguaya de Nutrición
Referencias
1 Pan American Health Organization P. PLISA Health Information Platform for the Americas. 2018.https://www.paho.org/data/index.php/en/indicators/visualization.html (accessed 6 Jun2020).
2 INE, INAU, MEC, MSP M. Encuesta de Nutrición, Desarrollo Infantil y Salud Informe de la Segunda ronda. 2018; : 1–57.
3 MSP. Mortalidad por Enfermedades No Transmisibles. Uruguay, diciembre 2019. 2019https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/comunicacion/publicaciones/mortalidad-enfermedades-transmisibles-uruguay-diciembre-2019.
4 MSP. Morbilidad por Enfermedades No Transmisibles. Uruguay, diciembre 2019. 2019.https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/comunicacion/publicaciones/morbilidad-enfermedades-transmisibles-uruguay-diciembre-2019.
5 Pan American Health Organization. Ultra-processed food and drink products in Latin America: sales, sources, nutrient profiles and policy implications. 2019.
6 Ares G, Aschemann-Witzel J, Curutchet MR, Antúnez L, Machín L, Vidal L et al. Nutritional warnings and product substitution or abandonment: Policy implications derived from a repeated purchase simulation. Food Qual Prefer 2018; 65: 40–48.
7 Taillie LS, Reyes M, Colchero MA, Popkin B, Corvalán C. An evaluation of Chile’s Law of Food Labeling and Advertising on sugar-sweetened beverage purchases from 2015 to 2017: A before-and-after study. PLoS Med 2020; 17: e1003015.
8 Kumar M, Gleeson D, Barraclough S. Australia’s Health Star Rating policy process: Lessons for global policy-making in front-of-pack nutrition labelling. Nutr Diet 2018; 75: 193–199.
9 Huang Y, Kypridemos C, Liu J, Lee Y, Pearson-Stuttard J, Collins B et al. Cost-Effectiveness of the US Food and Drug Administration Added Sugar Labeling Policy for Improving Diet and Health. Circulation 2019; 139: 2613–2624.
10 Tao Y, Li J, Lo YM, Tang Q, Wang Y. Food nutrition labelling practice in China. Public Health Nutr 2011; 14: 442–450.
11 Julia C, Etilé F, Hercberg S. Front-of-pack Nutri-Score labelling in France: an evidence-based policy. Lancet Public Heal 2018; 3: e164.
12 Cecchini M, Warin L. Impact of food labelling systems on food choices and eating behaviours: A systematic review and meta-analysis of randomized studies. Obes Rev 2016; 17: 201–210.
13 Corvalán C, Reyes M, Garmendia ML, Uauy R. Structural responses to the obesity and non-communicable diseases epidemic: Update on the Chilean law of food labelling and advertising. Obes Rev 2019; 20: 367–374.
14 Hyseni L, Atkinson M, Bromley H, Orton L, Lloyd-Williams F, McGill R et al. The effects of policy actions to improve population dietary patterns and prevent diet-related non-communicable diseases: Scoping review. Eur J Clin Nutr 2017; 71: 694–711.
15 Vandevijvere S, Dominick C, Devi A. The healthy food environment policy index: Findings of an expert panel in New Zealand. Bull World Health Organ 2015; 93: 294–302.
16 Thaler R, Cass S. Nudge. Improving Decisions About Health, Wealth, and Happiness. Yale University Press, 2018.
17 Harris JE, Balsa AI, Triunfo P. Tobacco control campaign in Uruguay: Impact on smoking cessation during pregnancy and birth weight. J Health Econ 2015; 42: 186–196.
18 Presidencia de la República U. MODIFICACION DEL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL, RELATIVO AL ROTULADO DE ALIMENTOS. Decreto 272/018. 2018.
19 Uruguay M de SP. Consolidado de respuestas a los comentarios recibidos durante la consulta pública nacional e internacional al proyecto de decreto relativo al rotulado de alimentos envasados (2017), y a los comentarios recibidos por la notificación ante la Organización Mu. 2017.https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/sites/ministerio-salud-publica/files/documentos/publicaciones/msp_decreto_rotulado_alimentos_envasados.pdf.
20 Ministerio de Salud de Uruguay. Manual para la aplicación del Decreto No 272/018 sobre rotulado frontal de alimentos. 2018; : 32.
21 Presidencia de la República U. PRORROGA DE PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 11 DEL DECRETO 272/018, REFERENTE AL ROTULADO DE ALIMENTOS Y CREACION DE UNA COMISION DE TRABAJO MULTIDISCIPLINARIA. Decreto 91/020. 2020.
22 Ares G, Bove I, Díaz R, Moratorio X, Benia W, Gomes F. Argumentos de la industria alimentaria en contra del etiquetado frontal de advertencias nutricionales en Uruguay. Rev Panam Salud Pública 2020; 44: 1.
El Sindicato Médico del Uruguay en el marco de sus 100 años ha comenzado una etapa de trabajo en sus diferentes comisiones con el objetivo de discutir y reflexionar sobre diversas temáticas.
Para sumar más elementos al debate de tan importante temática, el SMU por intermedio de Equipos Consultores realizó una encuesta de opinión dirigida a la ciudadanía sobre eutanasia.
El objetivo de la misma es generar conocimiento sobre las actitudes de los uruguayos y la información que manejan sobre las decisiones y acciones vinculadas al final de la vida como Eutanasia y Suicidio asistido en particular.
Además se indagó en el conocimiento y evaluación de la Ley de Voluntad Anticipada, experiencias cercanas de la población vinculadas sobre la ayuda médica a morir y toma de decisiones.
Encuesta en la opinión pública.
La encuesta fue realizada entre el 13 y el 14 de mayo de 2020 sobre una muestra representativa de la población del Uruguay mayor de 18 años. La modalidad utilizada fue la telefónica mediante aparatos móviles.
La muestra se caracterizó de la siguiente manera:
A estas características debemos agregar que las personas encuestadas se asisten en prestadores de salud privados en un 58% y públicos en un 41%.
Sobre la importancia que tienen las creencias religiosas en su vida, el 30% respondió que es “muy importante” y un 29% respondió “nada importante” como se aprecia en el siguiente gráfico.
En cuanto al manejo de la información y decisiones sobre el proceso de muerte, el 22% de la población manifestó que conoce que existe en Uruguay una ley de Voluntad Anticipada.
Se destaca de forma contundente la importancia del derecho de los pacientes sobre todo en la búsqueda de la transparencia en el manejo de la información que se brinda a pacientes y familias sobre las enfermedades que atraviesan y el estado de las mismas.
El 93% de los encuestados manifestó que el médico debe comunicar claramente la situación de enfermedad a pacientes y /o familiares. El 73% afirmó que el paciente debía conocer su situación de enfermedad y el 16% afirmó que solo la familia debía conocerlo.
El 74% manifestó que las decisiones del paciente deben respetarse sobre las decisiones del médico.
En cuanto a la reflexión sobre el final de la vida, el 72% de los encuestados reconoce haber pensado poco o nada sobre ello. El 89% está a favor de calmar el dolor y el 78% está de acuerdo con calmar el dolor aunque esto acelere la muerte.
El 52% de las personas estuvo de acuerdo en interrumpir tratamientos inútiles, el 24% con prolongar la vida artificialmente y el 22% en dejar la libre evolución de la enfermedad.
Cuando se interrogó sobre Eutanasia, (es decir que un médico pudiera “poner fin a su vida” en caso de enfermedad con sufrimientos insoportables) el 82% de los encuestados se manifestó de acuerdo.
El apoyo a la eutanasia es más frecuente entre la población de Montevideo en el rango de edad de 30 a 44 años y mayor en mujeres que en hombres. También en quienes refieren educación terciaria, dentro de ellos mayor en los que tienen Educación Terciaria y que tienen una buena percepción de su estado de salud, en los que tienen una autoidentificación ideológica de izquierda y en los que no tienen una autoidentificación religiosa.
En cuanto al suicidio asistido, interrogado como que “el médico le proporcione los medios necesarios para que la propia persona le ponga fin a su vida” el 44% contestó “afirmativamente y sin dudas” mientras que el 18% respondió “probablemente sí”, el 23% se manifestó en contra “con toda seguridad” y un 11% “creía que no” pero no estaba seguro.
La Dra. Julia Galzerano, responsable de la Comisión de Bioética y Derechos Humanos del SMU dijo que “sumando las respuestas de quienes están plenamente convencidos y quienes están convencidos sobre la eutanasia y el suicidio médicamente asistido se llega a un 80% de personas a favor en nuestro país”.
“Nos parece que a los uruguayos les interesa el tema y que es necesario hablar del mismo. Si nos basamos en esta encuesta de opinión, la gente tiene la idea de que se necesita legislar en el tema eutanasia, sobre todo a quienes tienen enfermedades, la están pasando mal y sin alternativas terapéuticas” agregó.
Galzerano agregó que “surge también de la encuesta la necesidad de comunicar más sobre la Ley de Voluntad Anticipada porque la gente no la conoce”.
Asimismo resaltó como dato de interés que “es más frecuente la opinión favorable hacia la eutanasia en mujeres que están sufriendo alguna enfermedad”
Por su parte, el Dr. Gustavo Grecco reflexionó al respecto de esta encuesta recordando que el sindicato en el marco de la celebración de sus 100 años y a propuesta de su Comisión de Bioética y Derechos Humanos “pone el tema de la eutanasia a discutir en la sociedad y dentro de esa discusión aparece esta encuesta como un insumo más que importante ya que entendemos que la sociedad uruguaya debe discutir sobre el final de la vida, sobre la muerte, sobre cuidados paliativos y sobre dignidad humana”. Grecco agregó que la encuesta muestra “un abrumador porcentaje de personas que no han pensado en el final de su vida y en la etapa final de su vida. Justamente apuntamos a dar discusión”.
La situación sanitaria actual del Uruguay en relación a las infecciones por Sars – Cov2 es consecuencia de las acciones y definiciones que se han tomado por parte de múltiples actores a distintos niveles, donde el compromiso y responsabilidad de cada ciudadano ha sido y es crucial.
En este sentido el SMU realiza un llamado a las instituciones y a la población en general al cumplimiento estricto de la distancia física, uso de mascarilla, y ante todo evitar y no propiciar cualquier tipo de aglomeraciones.
El Comité Ejecutivo del Sindicato Médico del Uruguay acompaña los siguientes puntos de la plataforma de los trabajadores de la salud vinculado con líneas políticas históricas del colectivo médico, sin detener sus actividades por el contexto epidemiológico actual:
– Por un nuevo convenio colectivo.
– Laudo para todos los sectores.
– Mejores condiciones laborales.
– Contra flexibilización laboral.
– Contrario a envíos a seguro de paro o subempleo.
– Equiparación salarial, igual función igual remuneración.
Convenio entre Universidad de la República (Udelar), Intendencia de Montevideo (IM) y el Sindicato Médico del Uruguay (SMU) para la coordinación intersectorial e implementación de estrategias de contención del Covid-19 en poblaciones en situación de vulnerabilidad.
Iniciativas socio-sanitarias para contribuir al diagnóstico de poblaciones vulnerables
El pasado 4 de mayo la Universidad de la República, la Intendencia de Montevideo y el Sindicato Médico del Uruguay firmaron un convenio con el objetivo de ejecutar de común acuerdo acciones de cooperación interinstitucionales para fortalecer la respuesta a la actual pandemia con foco en poblaciones vulnerables.
Para cumplir lo anterior la coordinación interinstitucional del convenio se ha propuesto incentivar iniciativas que: (i) contribuyan a ampliar la capacidad de diagnóstico en poblaciones vulnerables, (ii) contemplen en el diseño a las redes territoriales de las instituciones que trabajan en el ámbito donde se aplicará la iniciativa, (iii) aporten a la generación de nuevo conocimiento relevante para fortalecer la respuesta a la actual pandemia con foco en poblaciones vulnerables. En este marco, se invita a docentes universitarios y profesionales de las instituciones firmantes a presentar y hacerse responsables de ejecutar propuestas.
Las mismas deberán ser viables con los recursos disponibles en las instituciones pudiendo solicitar al convenio algunos recursos para posibilitar los diagnósticos. Los recursos que se ponen a disposición a partir de este convenio son: un móvil para testeo, posibilidad de implementación de puestos fijos, capacitaciones para extracción de muestras, realización de test de diagnóstico molecular en el Hospital de Clínicas.
En el formulario se deberá detallar los responsables y equipos de trabajo, los objetivos de las propuestas, la estrategia de muestreo o focalización de los diagnósticos, los recursos disponibles y los recursos solicitados. Se valorará particularmente la conformación de equipos interinstitucionales.
La coordinación del convenio -en consulta con especialistas- evaluará la viabilidad de implementación de las iniciativas. Se prevé la posibilidad de sugerir ajustes en comunicación con los responsables de las propuestas recibidas con el fin de colaborar al cumplimiento de los objetivos del convenio.
Los/as docentes de la UdelaR podrán complementar las iniciativas presentadas a este llamado solicitando apoyo financiero a los programas “Conocimiento especializado para enfrentar la emergencia planteada por el COVID 19 y sus impactos” y “Actividades en el medio para atender la Emergencia”, gestionados por la CSIC y la CSEAM, respectivamente.
Informamos a los socios que en el mes de junio comienza plazo de presentación de Declaración Jurada IRPF, IVA, y IASS, correspondiente al año 2019.
Debido a la emergencia sanitaria este año la comunicación con la contadora del Servicio Tributario del SMU no será de forma presencial sino via mail o telefónica.
Los socios que deseen realizar dicha declaración jurada a través del Sindicato Médico pueden comunicarse por el correo electrónico: serviciotributario@smu.org.uy.
Visto:
-que el 1 de marzo de 2020 entró en vigencia el Decreto 272/018 mediante el cual el estado uruguayo implementa un rotulado frontal de advertencia nutricional en alimentos
-que en marzo de 2020, el gobierno emite un nuevo decreto 91/020 por el cual suspende la aplicación del ya mencionado 272/018 por 120 días
Considerando:
-que durante el proceso previo de discusión sobre el tema, muchas industrias y cámaras de alimentación y bebidas se opusieron al mismo
-que el decreto inicial fue flexibilizado tanto en su contenido como en el restraso de su fecha de aplicación
-que se ha priorizado la armonización en el marco de la normativa del Mercosur para no aplicar la medida
El SMU declara:
-que se considera un avance significativo en términos de salud pública lo que esta reglamentación implica, para el control de la Enfermedades no Trasmisibles, en particular obesidad y diabetes.
-que ve con profunda preocupación el retraso en la implementacion del rotulado frontal de alimentos, en tanto la evidencia científica ha demostrado sus notorios beneficios.
-que nuestro país es líder en el mundo en políticas públicas enfocadas en el cuidado de la salud de la población, por tanto exhortamos al gobierno a cumplir con la normativa vigente, avanzando sin más dilaciones hacia el rotulado frontal con la advertencia nutrucional de los alimentos.